Artículo 866 del Código Civil

Art. 866 CC – Artículo 866 del Código Civil Español

Artículo 866.
No producirá efecto el legado de cosa que al tiempo de hacerse el testamento fuera ya
propia del legatario, aunque en ella tuviese algún derecho otra persona.
Si el testador dispone expresamente que la cosa sea liberada de este derecho o
gravamen, valdrá en cuanto a esto el legado.

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Artículo 864 del Código Civil

Art. 864 CC – Artículo 864 del Código Civil Español

Artículo 864.
Cuando el testador, heredero o legatario tuviesen sólo una parte o un derecho en la cosa
legada, se entenderá limitado el legado a esta parte o derecho, a menos que el testador
declare expresamente que lega la cosa por entero.
Artículo 865.
Es nulo el legado de cosas que están fuera del comercio.

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Art. 863 CC – Artículo 863 del Código Civil Español

Artículo 863.
Será válido el legado hecho a un tercero de una cosa propia del heredero o de un
legatario, quienes, al aceptar la sucesión, deberán entregar la cosa legada o su justa
estimación, con la limitación establecida en el artículo siguiente.
Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de la legítima de los
herederos forzosos

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Art. 861 CCario. – Artículo 861 del Código Civil Español

Artículo 861.
El legado de cosa ajena si el testador, al legarla, sabía que lo era, es válido. El heredero
estará obligado a adquirirla para entregarla al legatario; y, no siéndole posible, a dar a éste
su justa estimación.
La prueba de que el testador sabía que la cosa era ajena corresponde al legat

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Art. 859 CC – Artículo 859 del Código Civil Español

Artículo 859.
Cuando el testador grave con un legado a uno de los herederos, él sólo quedará
obligado a su cumplimiento.
Si no gravare a ninguno en particular, quedarán obligados todos en la misma proporción
en que sean herederos.

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Art. 858 CC – Artículo 858 del Código Civil Español

Artículo 858.
El testador podrá gravar con mandas y legados no sólo a su heredero, sino también a los
legatarios.
Éstos no estarán obligados a responder del gravamen sino hasta donde alcance el valor
del legado.

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