Saltar al contenido
CC y LEC

CC y LEC

La web del abogado civilista

  • Inicio
  • Código Civil
  • Ley Enjuiciamiento Civil
  • Otras Leyes
    • Ley Arrendamientos Urbanos
    • Ley Propiedad Horizontal
  • Abogados
    • Abogados Familia
    • Abogados Divorcios
    • Abogados Separaciones
    • Abogados Herencias

Etiqueta: art.1141

Publicado el

Artículo 1141 del Código Civil

Art. 1141 CC – Artículo 1141 del Código Civil Español

Artículo 1141.
Cada uno de los acreedores solidarios puede hacer lo que sea útil a los demás, pero no
lo que les sea perjudicial.
Las acciones ejercitadas contra cualquiera de los deudores solidarios perjudicarán a
todos éstos.

Quizás también le puedan interesar los siguientes artículos del Código Civil:

Artículo 1139

Artículo 1140

Artículo 1142

Artículo 1143

Artículo 1144

Feed RSS: Derecho Civil – BOE – Boletín Oficial del Estado Derecho Civil – BOE – Boletín Oficial del Estado

  • Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible.

Web para los mejores abogados civilistas de España.

Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal 

Procurador.app

Ir a la versión móvil