Saltar al contenido
CC y LEC

CC y LEC

La web del abogado civilista

  • Inicio
  • Código Civil
  • Ley Enjuiciamiento Civil
  • Otras Leyes
    • Ley Arrendamientos Urbanos
    • Ley Propiedad Horizontal
  • Abogados
    • Abogados Familia
    • Abogados Divorcios
    • Abogados Separaciones
    • Abogados Herencias

Etiqueta: artículo 1864

Publicado el

Artículo 1864 del Código Civil

Art. 1864 CC – Artículo 1864 del Código Civil Español

Pueden darse en prenda todas las cosas muebles que están en el comercio, con tal que
sean susceptibles de posesión.

Quizás también le puedan interesar los siguientes artículos del Código Civil:

Artículo 1862

Capítulo II: De la prenda

Sección I: De la prenda

Artículo 1863

Artículo 1865

Artículo 1866

Artículo 1867

Feed RSS: Derecho Civil – BOE – Boletín Oficial del Estado Derecho Civil – BOE – Boletín Oficial del Estado

  • Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible.

Web para los mejores abogados civilistas de España.

Código Penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal 

Procurador.app

Ir a la versión móvil