Artículo 604 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Art.604 LEC – Artículo 604 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española

El auto que estime la tercería de dominio ordenará el alzamiento de la traba y la
remoción del depósito, así como la cancelación de la anotación preventiva y de cualquier
otra medida de garantía del embargo del bien al que la tercería se refiriera.

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Artículo 604 del Código Civil

Art. 604 CC – Artículo 604 del Código Civil Español

Artículo 604.
Lo dispuesto en el artículo anterior es aplicable a las servidumbres establecidas para el
aprovechamiento de leñas y demás productos de los montes de propiedad particular.

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Capítulo Único:

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