Art.532 LEC – ArtÃculo 532 de la Ley de Enjuiciamiento Civil Española
Si se dictase sentencia que confirme los pronunciamientos provisionalmente ejecutados,
la ejecución continuará si aún no hubiera terminado, salvo desistimiento expreso del
ejecutante.
Si la sentencia confirmatoria no fuera susceptible de recurso o no se recurriere, la
ejecución, salvo desistimiento, seguirá adelante como definitiva.
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ArtÃculo 530 Decisión sobre la oposición a la ejecución provisional y a medidas ejecutivas concretas. Irrecurribilidad
ArtÃculo 531 Suspensión de la ejecución provisional en caso de condenas dinerarias
ArtÃculo 533 Revocación de condenas al pago de cantidad de dinero
ArtÃculo 534 Revocación en casos de condenas no dinerarias
ArtÃculo 535 Ejecución provisional de sentencias dictadas en segunda instancia
