Artículo 1633 del Código Civil

Art. 1633 CC – Artículo 1633 del Código Civil Español

Puede el enfiteuta disponer del predio enfitéutico y de sus accesiones, tanto por actos
entre vivos como de última voluntad, dejando a salvo los derechos del dueño directo, y con
sujeción a lo que establecen los artículos que siguen.

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Artículo 1631

Artículo 1632

Artículo 1634

Artículo 1635

Artículo 1636

Artículo 1618 del Código Civil

Art. 1618 CC – Artículo 1618 del Código Civil Español

No pueden dividirse entre dos o más personas las fincas gravadas con censo sin el
consentimiento expreso del censualista, aunque se adquieran a título de herencia.
Cuando el censualista permita la división, se designará con su consentimiento la parte
del censo con que quedará gravada cada porción, constituyéndose tantos censos distintos
cuantas sean las porciones en que se divida la finca.

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Artículo 1619 del Código Civil

Art. 1619 CC – Artículo 1619 del Código Civil Español

Cuando se intente adjudicar la finca gravada con censo a varios herederos, y el
censualista no preste su consentimiento para la división, se pondrá a licitación entre ellos.
A falta de conformidad, o no ofreciéndose por alguno de los interesados el precio de
tasación, se venderá la finca con la carga, repartiéndose el precio entre los herederos.

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