Artículo 1238 (Derogado) del Código Civil
Art. 1238 (Derogado) CC – Artículo 1238 (Derogado) del Código Civil Español
Artículo 1254 del Código Civil
Art. 1254 CC – Artículo 1254 del Código Civil Español
Artículo 1254.
El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de
otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.
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Artículo 1239 (Derogado) del Código Civil
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Artículo 1255 del Código Civil
Art. 1255 CC – Artículo 1255 del Código Civil Español
Artículo 1255.
Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por
conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público.
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Artículo 1224 del Código Civil
Art. 1224 CC – Artículo 1224 del Código Civil Español
Artículo 1224.
Las escrituras de reconocimiento de un acto o contrato nada prueban contra el
documento en que éstos hubiesen sido consignados, si por exceso u omisión se apartaren
de él, a menos que conste expresamente la novación del primero.
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Artículo 1225 del Código Civil
Art. 1225 CC – Artículo 1225 del Código Civil Español
Artículo 1225.
El documento privado, reconocido legalmente, tendrá el mismo valor que la escritura
pública entre los que lo hubiesen suscrito y sus causahabientes.
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Artículo 1210 del Código Civil
Art. 1210 CC – Artículo 1210 del Código Civil Español
Artículo 1210.
Se presumirá que hay subrogación:
1.º Cuando un acreedor pague a otro acreedor preferente.
2.º Cuando un tercero, no interesado en la obligación, pague con aprobación expresa o
tácita del deudor.
3.º Cuando pague el que tenga interés en el cumplimiento de la obligación, salvos los
efectos de la confusión en cuanto a la porción que le corresponda.
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Artículo 1226 (Derogado) del Código Civil
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Artículo 1211 del Código Civil
Art. 1211 CC – Artículo 1211 del Código Civil Español
Artículo 1211.
El deudor podrá hacer la subrogación sin consentimiento del acreedor, cuando para
pagar la deuda haya tomado prestado el dinero por escritura pública, haciendo constar su
propósito en ella, y expresando en la carta de pago la procedencia de la cantidad pagada.
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